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El Tercero llamado al Proceso, Perú.



Este 19 de Marzo del 2018 comenzó la fase dos de la demanda Boliviana ante la Corte Internacional de la Haya. Los abogados de Bolivia basaron sus argumentos de "obligación de negociar" en cartas diplomáticas entre ambos Estados, donde Chile expresaba de manera inequívoca propuestas concretas para resolver la mediterraneidad de Bolivia, lo hizo en 1923, 1926, 1950, 1961, 1975 (la más avanzada, acuerdo de charaña), 1987, 2000 y 2006, 11 resoluciones de la OEA entre 1975 y 1989 donde se declara la situación boliviana como "asunto de interés hemisférico", jurisprudencia de la Corte, como ser el fallo contra Francia sobre pruebas nucleares, donde la Corte tomó como acto unilateral una declaración de un ministro francés.

Por otro lado, Chile, como estaba previsto, repitió que los límites entre Chile y Bolivia han quedado resuelto en el Tratado de 1904, calificó las acercamientos entre ambos países como actos de buena vecindad que no suponen necesariamente una obligación, además de intentar minimizar los aspectos históricos y de llamar ilusionistas a los abogados de Bolivia.

Quedó bastante claro que Bolivia tiene basamento sólido en argumentos de derecho, mientas que Chile utiliza el mentado tratado de 1904 como argumento del Pacta sund servanda, cuando el mismo no es punto controvertido, tal como estableció la resolución que resolvió la objeción preliminar de Chile en 2015.

Sin embargo, ante un eventual resultado favorable para Bolivia, tendrá que necesariamente ser traido a colación el Estado Peruano en virtud del artículo primero del Protocolo Complementario de 1929 del Tratado de Lima que establece:

"Artículo primero. Los Gobiernos de Chile y del Perú no podrán, sin previo acuerdo entre ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los territorios que, en conformidad al Tratado de esta misma fecha, quedan bajo sus respectivas soberanías, ni podrán, sin ese requisito, construir, al través de ellos, nuevas líneas férreas internacionales."

El objeto del Tratado de 1929, recordemos, fue para el Perú, resolver el destino final de las antiguas provincias peruanas de Tacna y Arica que habían quedado en posesión de Chile en virtud del artículo 3 del Tratado de Ancón de 1883, que darían a Chile el derecho de usufructuar dichas provincias por el periodo de 10 años, culminado ese lapso, se realizaría un plebiscito para determinar la nacionalidad de éstas, la estrategia diplomática chilena se basó en obstaculizar la realización del plebiscito (Perú recuperó una parte de Tacna y perdió Arica), obligando a Perú acudir a la Liga de Naciones (hoy ONU) y en dar por terminado el problema con el Tratado de Lima de 1929.

De esta manera, Chile hace partícipe al Perú de la responsabilidad de mediterraneidad de Bolivia, toda vez que sería inverosímil pensar que Chile divida su territorio para darle a Bolivia los anhelados territorios de Antogasta, Mejillones, Tocopilla perdidos en la guerra. Necesariamente debe ser Arica, y para la negociación, necesariamente será consultado Perú. 

Al parecer, no estaba tan equivocado el expresidente Daniel Salamanca cuando dijo:

"Chile puso un candado al mar para Bolivia y entregó la llave a Perú"

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