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Mostrando entradas de diciembre, 2017

El Principio de Saneamiento

Bajo este principio, el juez tiene la facultad para adoptar decisiones encaminadas a subsanar cualquier anomalía procesal o algún defecto que inducen al entorpecimiento de la causa, siempre que no se afecten los principios del debido proceso y de la seguridad jurídica. El propósito del principio es evitar nulidades o que se dicten sentencias sin pronunciamiento sobre el fondo. Las cuestiones de forma (competencia, legitimación procesal, citación, notificaciones en estrados, intervención de tercerías, integración de litis consorcio), son ejemplos del saneamiento del proceso. De esta manera evitamos la continuidad de un proceso inútil  mediante las expurgaciones practicadas en audiencia preliminar antes de ingresar al debate sobre el fondo de la pretensión en la que el juez resolverá igualmente incidentes y excepciones planteados por las partes (Art. 366 parágrafo I num. 4 Ley 439). Existen dos momentos en que el juez podrá "expurgar" los vicios que lleguen a entorpecer el ev

Aspectos Generales del Código del Sistema Penal

Para entender de manera general el Código del Sistema Penal es preciso analizar su exposición de motivos que al margen de las consideraciones políticas para implementar luego de la Cumbre de Justicia realizada en 2016 en sus seis mesas de trabajo es importante prestar atención a los siguientes puntos que se pasará a describir. La PARTE PRIMERA , bajo la denominación de “Principios y Disposiciones Generales” contiene las normas orientadoras y generales del nuevo sistema normativo penal. Se organiza en dos Títulos: el Título Primero , referido propiamente a los Principios Constitucionales, Sustantivos y Procesales que orientan la aplicación del nuevo sistema normativo penal, las reglas para su interpretación y las consecuencias ante su inobservancia. El Título Segundo por su parte, contiene la regulación del denominado Enfoque Restaurador como nueva respuesta a la conflictividad, dejando claramente establecida la posibilidad de optar por diversidad de respuestas ante el conflicto, res

Causales de Extinción Laboral y Consecuencias Jurídicas

Comenzaremos diciendo que el Trabajo es un derecho protegido por la Constitución en su artículo 46 y más adelante la misma carta magna en su artículo 48 establece que las disposiciones laborales son de cumplimiento obligatorio y sus normas serán interpretadas bajo los principios de protección a los trabajadores, de primacía de la relación laboral. de continuidad y estabilidad laboral, de no discriminación y de inversión de la prueba  a favor del trabajador, además que son nulas las convenciones contrarias que tiendan a burlar sus efectos. Los derechos laborales y beneficios sociales devengados  gozan de privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia siendo inembargables e imprescriptibles. Entre otras cosas el artículo 49 en su parágrafo III estipula la protección del Estado a la estabilidad laboral prohibiendo el despido injustificado y toda forma de acoso laboral . Nos centraremos básicamente en la parte última del artículo 49 de la Constitución siendo esta situación motiv